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Teletrabajo
¿Puedo solicitar que se respete mi derecho a la intimidad en el teletrabajo? Nueva Ley de Teletrabajo Ley 27.555.
La intimidad del trabajador debe ser respetada por la empresa, por lo que los sistemas de control utilizados para resguardar los bienes e informaciones del empleador deben tener participación sindical para proteger la intimidad del trabajador bajo la modalidad de teletrabajo y la privacidad de su domicilio.
El empleador debe tomar las medidas necesarias, en lo que se refiere a software, para asegurar la protección de los datos utilizados y procesados por la persona que trabaja bajo la modalidad de teletrabajo.
El empleador no puede usar software de vigilancia que viole la intimidad del trabajador.
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