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Perfeccionamiento de la extinción del contrato de trabajo. Deberes de las partes.
Es importante determinar concretamente en qué momento se extingue el contrato de trabajo. El hecho de la extinción de la relación laboral —distracto— es de carácter instantáneo, es decir, que produce efectos desde el momento en que se perfecciona; esto es, cuando la voluntad de extinguirlo llega a la esfera de conocimiento de la otra parte. La extinción del contrato puede producirse por un acto jurídico unilateral o bilateral, expreso o tácito.
Cualquiera sea la causa de la extinción del contrato laboral, y sin perjuicio de las indemnizaciones que en su caso correspondan (indemnización sustitutiva de preaviso, antigüedad, indemnizaciones agravadas o reducidas) las partes tienen deberes que deben cumplimentar al producirse el cese del contrato de trabajo.
El empleador tiene la obligación de pagar las remuneraciones pendientes, las indemnizaciones de pago obligatorio (SAC y vacaciones proporcionales), entregar los certificados de trabajo y aportes previsionales y devolver al trabajador sus efectos personales y documentos.
El trabajador debe otorgar recibos por las sumas abonadas por el empleador y por los efectos personales recibidos, dar preaviso o abonarlo (no ocurre en la práctica), devolver documentos y herramientas de trabajo y subsiste la obligación de guardar reserva.
Para mayor información consulte a un abogado laboral.
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